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Esto será aplicable indistintamente a las prácticas curriculares y extracurriculares.
Lo previsto en la disposición adicional quinta del RDL 28/2018, con relación al alta y cotización en el Régimen de la Seguridad Social de todos los estudiantes en prácticas académicas externas, no resultará de aplicación hasta que no entre en vigor la norma reglamentaria de desarrollo. La CRUE y el Gobierno han acordado que esta norma no estará vigente hasta nueva orden. Hasta ese momento sigue siendo de aplicación la normativa anterior. |
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Normativa aplicable
- Real Decreto 1493/2011, de 24 de octubre, por el que se regulan los términos y las condiciones de inclusión en el Régimen General de la Seguridad Social de las personas que participen en programas de formación, en desarrollo de lo previsto en la disposición adicional tercera de la Ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de la Seguridad Social.
- Real Decreto-ley 8/2014, de 4 de julio, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia. Véase: Disposición adicional vigesimoquinta. Bonificación en la cotización a la Seguridad Social por las prácticas curriculares externas de los estudiantes universitarios y de formación profesional.