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Clave

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Una vez se publiquen las notas de Selectividad, se abrirá un periodo para que si no estás conforme con las calificaciones obtenidas puedas solicitar Reclamación ó Segunda Corrección.

No se puede presentar segunda corrección en una asignatura y reclamación en otra distinta.

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CURSO 2016-17

Calendario, fechas y horario: Convocatoria junio 2016

Exámenes7-8-9-10 de junio
Publicación y entrega de calificaciones17 de junio
SOLICITUD DE RECLAMACIÓN / SEGUNDA CORRECCIÓN20- 21- 22 de junio        
Publicación y entrega de calificaciones de reclamación /segunda corrección5 de julio
SOLICITUD DE RECLAMACIÓN sobre segunda corrección6 - 7 - 8 de julio
Resolución de reclamaciones sobre la doble corrección15 julio

 

Calendario, fechas y horario: Convocatoria septiembre 2016

Exámenes

13-14-15-16 de sept.

Publicación y entrega de calificaciones

22 de septiembre

SOLICITUD DE RECLAMACIÓN / SEGUNDA CORRECCIÓN

23, 26 y 27 de septiembre

Publicación y entrega de calificaciones de reclamación /segunda corrección

5 de octubre

SOLICITUD DE RECLAMACIÓN sobre segunda corrección

6 -7- 10 de octubre

Resolución de reclamaciones sobre la doble corrección

14 de octubre

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Los exámenes son corregidos por especialistas de las distintas materias incluidas en la prueba.

Los correctores calificarán los ejercicios atendiendo a los criterios generales dados por la comisión organizadora de la prueba y a los criterios específicos de corrección y calificación establecidos en las propuestas de examen.

Revisión de la calificación: 

En este proceso se verificará que todas las cuestiones han sido evaluadas y lo han sido con una correcta aplicación de los criterios generales de evaluación y específicos de corrección.

Las pruebas sobre las que se haya presentado la solicitud de revisión serán corregidas en segunda y en su caso en tercera corrección por profesores diferentes en el plazo máximo de 5 días hábiles, contados a partir de la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes de revisión.

Esta resolución pone fin a la vía administrativa, y contra la misma cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su notificación, sin perjuicio de que el interesado pueda ejercitar, en su caso, cualquier otro que estime procedente.

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