Los períodos de realización de las prácticas estarán comprendidos en el curso académico en el que el alumno esté matriculado.
El tiempo dedicado a realizar prácticas no podrá exceder 900 horas por curso académico.
Con carácter general, las prácticas externas curriculares se realizarán en un periodo inicial de tantas horas como sean obligatorias para el alumno *:
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Asignatura Prácticas Externas | Alumnos que comenzaron estudios en cursos 2015-16 y anteriores | Alumnos de nuevo ingreso en curso 2016-17 y siguientes |
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Grados - 24 créditos ECTS | 300 horas * | 500 horas * |
Grados - 18 créditos ECTS | 250 horas | 400 horas |
Grados - 15 créditos ECTS | 225 horas | 350 horas |
Máster | 25 horas de prácticas por cada crédito ECTS que integre la asignatura Prácticas Externas. |
* De acuerdo con las recomendaciones de la ANECA, la duración de las prácticas curriculares debe ser revisada conforme a las disposiciones que regulan el Espacio Europeo de Educación Superior, según las cuales un crédito ECTS equivale a 25 horas de actividad.
Estas recomendaciones implican que, a partir del curso académico 2022-2023, todos los estudiantes de los Grados en Comunicación Audiovisual, Periodismo, Turismo, Dirección y Gestión de Empresas en el Ámbito Digital, así como los de los Dobles Grados cuyas asignaturas de Prácticas Externas estén vinculadas a estas áreas, deberán realizar 600 horas de prácticas curriculares.
Las prácticas extracurriculares deberán tener una duración mínima de un mes natural o 100 horas.
Este tiempo podrá ampliarse a instancia de la entidad y de conformidad con el alumno, hasta un máximo total de 900 horas. En ningún caso el alumno podrá realizar más de 900 horas en una misma entidad, sean prácticas curriculares o extracurriculares, e independientemente del curso académico y plan de estudios en que se encuentre matriculado.
Los horarios de realización de las prácticas deberán ser compatibles con la actividad académica del estudiante en la Universidad. A fin de favorecer la compatibilidad horaria, el número máximo de horas diarias de prácticas a realizar por el alumno no debería ser superior a cinco horas en los períodos lectivos, pudiendo llegar hasta ocho siete horas en los no lectivos (máximo de 40 35 horas semanales).
En ningún caso se concederá dispensa académica a los estudiantes por motivo de la realización de unas prácticas.
Un alumno no podrá realizar más de un periodo de prácticas de forma simultánea.
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