Aviso de anulación de matrícula
¿Por qué motivo se puede anular la matrícula de oficio?
El motivo más común para la anulación de oficio es el impago de alguno de los recibos de la matrícula, en los plazos establecidos. Esto conllevará la anulación de la misma, de acuerdo con lo previsto en la normativa, aprobada anualmente por la Comunidad de Madrid, por la que se fijan los precios públicos por estudios universitarios para el curso académico correspondiente.
Sin perjuicio de lo establecido en el párrafo anterior, en los casos de anulación de matrícula por la falta de pago del importe total o parcial del precio, la URJC exigirá el pago de las cantidades pendientes por matrículas de cursos académicos anteriores como condición previa de una nueva matrícula.
Igualmente, en estos casos, la Universidad Rey Juan Carlos podrá denegar la expedición de títulos y certificados (incluidos traslados de expediente) pudiendo establecer sobre esas cantidades un recargo equivalente a los intereses devengados por el período de adeudo al precio oficial del dinero.
¿Cómo notifica la universidad la anulación de la matrícula?
La anulación de oficio por parte de la universidad se aplica cuando el estudiante no cumple con alguna de sus obligaciones administrativas o académicas con la universidad. El motivo más común para la anulación de oficio es el impago de alguno de los recibos de la matrícula en los plazos establecidos, lo que conllevará la anulación de la misma de acuerdo con la normativa aprobada anualmente por la Comunidad de Madrid. En los casos de anulación de matrícula por falta de pago, la URJC exigirá el pago de las cantidades pendientes por matrículas de cursos anteriores como condición previa para una nueva matrícula. Además, la universidad podrá denegar la expedición de títulos y certificados, pudiendo establecer un recargo equivalente a los intereses devengados por el período de adeudo. La URJC notificará a los estudiantes que no estén al corriente de pago su situación irregular, que deberán subsanar conforme a los plazos e instrucciones recibidas. En caso de incumplimiento, la Vicerrectora de Estudiantes declarará la pérdida de los derechos derivados de la matrícula y esta quedará anulada.
Todas las notificaciones serán comunicadas vía e-mail corporativo, pudiendo informar de la puesta a disposición de una notificación en la sede electrónica de la URJC, según la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
Puede ampliar la información de anulación de matrícula: https://www.urjc.es/images/Universidad/Presentacion/normativa/anulacion_matricula.pdf
Para cualquier aclaración, póngase en contacto con la Secretaría de Alumnos de su Campus.
Vicálvaro: madrid.secretariaalumnos@urjc.es
Alcorcón: alcorcon.secretariadealumnos@urjc.es
Aranjuez: aranjuez.secretariadealumnos@urjc.es
Fuenlabrada: fuenlabrada.secretariadealumnos@urjc.es
Móstoles: mostoles.secretariadealumnos@urjc.es
Manuel Becerra: manuelbecerra.secretaria@urjc.es
Madrid- Quintana: quintana.secretaria@urjc.es